Actualmente, la normativa vigente (Constitución y Ley de Autonomías) continúa con el modelo de agente principal basado en transferencias. Es decir, el Estado central (agente principal) toma las principales decisiones sobre los gastos y competencias departamentales, en un sistema fiscal que sigue siendo centralista.
Como ejemplo, el gasto y la inversión pública departamental casi en su totalidad siguen dependiendo del gobierno central, ya que deben pasar por la aprobación de la Asamblea Legislativa Plurinacional, previa iniciativa del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Los gobiernos autónomos, en la práctica, no tienen la capacidad de formular y ejecutar sus propios presupuestos aprobados por sus poderes legislativos en el marco de sus leyes fundamentales (estatutos, cartas orgánicas, etc.).
Adicionalmente, los ingresos públicos están condicionados a la situación fiscal del país o al precio internacional del petróleo, que inciden en el precio del gas y por lo tanto en el monto por regalías e IDH que reciben los departamentos.
Para evitar estas distorsiones y tener un estado más eficiente, más próximo a la gente y que identifique mejor las demandas por bienes y servicios públicos de los ciudadanos, debemos proponer un Pacto Fiscal. Esta propuesta desde Santa Cruz, que está cada vez más en el debate público de parte de economistas, políticos, expertos en gestión públicay esperemos que de la población en general, debería incluir una coparticipación a los gobiernos departamentales de los impuestos nacionales. Esto con la finalidad de reducir la dependencia extrema del “rentismo” que afecta el monto de las transferencias por regalías e IDH y que está determinada por factores exógenos y no por la voluntad del gobierno central o por la eficiencia de la gestión pública.
En el Pacto Fiscal, se debe buscar también la verdadera implementación de la competencia autónoma de los gobiernos departamentales para generar sus propios ingresos, a través de impuestos departamentales. Actualmente para las gobernaciones, es muy fuerte el peso de las transferencias en sus ingresos y éstas crean “pereza fiscal”. Sin embargo, para la creación de tasas impositivas, es muy importante el análisis previo a su creación, no debiéndose gravar bienes que puedan ser “movibles” de un departamento (o municipio) a otro, basados en la fuente de ingresos o al consumo de bienes, sino más bien gravar factores de producción basados en la residencia del consumidor, con base territorial o “inamovibles”, como es el caso de los impuestos municipales a bienes inmuebles.
Un Pacto Fiscal debe necesariamente incluir también, factores de distribución de recursos que tomen en cuenta aspectos físicos y financieros (población, capacidad fiscal, competencia a descentralizar, etc.) y aspectos redistributivos para compensar a los departamentos, municipios, regiones o territorios indígenas que no puedan cubrir sus gastos, mediante la creación de un Fondo de Compensación.
No se puede tener autonomía sin autonomía fiscal. Es por eso que debemos alcanzar un Pacto Fiscal para beneficio no solo de Santa Cruz sino de todos los bolivianos, tal como sucedió en su momento con el pago de las regalías.